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Reestructuración de
empresas insolventes

¿Qué es la reestructuración de empresas insolventes?

Herramienta jurídica novedosa implementada por la Ley 16/2022 de Reforma del Texto Refundido de la Ley Concursal, en su Libro II, concebido como un instrumento pre-concursal dirigido a evitar o superar la insolvencia antes de que la situación económica sea crítica. Guarda similitudes con las antiguas reestructuraciones, permitiendo una libertad de actuación y mayorías más laxas que las exigidas en la fase de convenio de un concurso con la figura del arrastre de acreedores. 


Art. 614 TRLC 🡪 La modificación de la composición, condiciones o de la estructura del activo y pasivo del deudor, o de sus fondos propios, incluidas las transmisiones de activos, unidades productivas o la totalidad de la empresa en funcionamiento, así como cualquier cambio operativo necesario.

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    ¿A quién va dirigida la reestructuración de empresas insolventes?

    Cualquier persona natural o jurídica que lleve a cabo una actividad empresarial o profesional que se halle inmerso en situaciones que a priori no conllevan de forma inmediata una dificultad financiera, pero que de no remediarse amenazan de forma seria y real la capacidad de hacer frente a sus obligaciones.

    Efectos de la reestructuración
    de empresas insolventes

    Con la apertura del plan de reestructuración se despliegan efectos tales como la paralización de las ejecuciones sobre los bienes necesarios para la continuidad empresarial (i), suspensión de la solicitud de concurso (ii), busca una intervención judicial mínima apareciendo la figura del experto en reestructuración (iii), permite vender parcial o totalmente la empresa (iv) y permite una organización de créditos en clases distintas a las del tradicional concurso.

    Figura del experto y Plan de viabilidad

    Se trata de una persona física y jurídica con conocimientos especializados, jurídicos, financieros y empresariales que reúna las condiciones de administrador concursal con experiencia en el reestructuraciones. Su tarea principal en el procedimiento es la de asistir al deudor y a los acreedores en las negociaciones, preparar los informes exigidos por la ley y recoger las mayorías necesarias para la aprobación del Plan.

    El Plan de Viabilidad se propondrá a los acreedores requiriendo un sistema de mayorías que no es necesario aprobarse por todas las clases de acreedores, quedando afectados la totalidad de créditos de los mismos.

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